viernes, 10 de febrero de 2017

Articulo 18 del Reglamento de Evaluación de los PNF

Artículo 18: Se considera aprobada la unidad curricular, cuando el estudiante haya cumplido al menos, las siguientes condiciones:

  • Haber obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos.
  • Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la unidad curricular.

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