Artículo 15: Los criterios para la evaluación del desarrollo del Proyecto son los siguientes:
- Pertinencia y vinculación integral e integradora con las comunidades y las necesidades socio productivas, socio-comunitarias y socio- tecnológicas con visión territorial.
- Participación activa en el desarrollo de las fases proyectos.
- Cumplir con los requisitos mínimos formales de una investigación.
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